Menos
el honor
Cuando Victor Margueritte dio a
conocer en 1922, “La garçonne”, seguramente no pensó que el éxito
editorial le trajera algunas malas consecuencias.
La historia es bastante simple. Monique Lerbier,
una chica de buena familia, está comprometida para casarse. Descubre que su
prometido le es infiel y es tan honda su desazón, que para vengarse, entrega su
virginidad a un desconocido. Cuando confiesa su acción a la madre, esta le
aconseja, ante la inminencia de “no
colocar a la nena”, que oculte su pecado y siga adelante con el matrimonio: “
“Mais, mon enfant, il y a des cas où le
mensonge lui-même peut devenir un devoir. (...) Non et non ! Le devoir, maman, c’est de
dire la vérité (...) j’ai couché, tu entends, couché avec
quelqu’un. (....) Garde pour toi le secret de cette escapade Quand je te disais qu’il y a des cas où le
mensonge est un devoir, je ne pensais pas que tu me donnerais raison si
complètement, et si tôt!”.[1]
El
padre, por su parte, que ve peligrar los negocios que había de encarar con su
futuro yerno, preocupado por el posible embarazo y el honor familiar, le
propone otro casamiento ventajoso. Monique profundamente decepcionada, (una
“muñeca” para la madre y un “objeto de tráfico para el padre”), se va de la
casa. La afortundamente triste, muerte de su tía, le proporciona por vía de
herencia los recursos para su independencia. Libertad que ella usa sin hacer
cuestión de sexo ni de consumos. En esa búsqueda desenfrenada encontrará su
destino. La novela está cargada de escenas eróticas en una descripción de esos
“años locos” que sucedieron a la Primera Guerra. Esa pintura de mujeres de
melena recortada, bailando tango entre sí, fumando sustancias y esnifando
“cocó” en pleno goce de su libertad.
En esos tiempos, las novedades
editoriales ya viajaban rápido. En Montevideo, el libro concitó la adhesión del
director de Justicia, el diputado comunista Celestino Mibelli
(1882-1969), que decidió publicarlo en su periódico en varias entregas. Como la
obra denunciaba actitudes de doble moral de la burquesía francesa, que el
diputado Mibelli también encontraba en el comportamiento de la local, decidió
emular a Margueritte y dar su versión criolla del asunto.
El problema se planteó cuando
Mibelli (ya directa o interpósitamente) avanzó un paso más. Así, pasó de los
personajes ficticios a otros no tanto, a quienes, si bien no nombraba, de algún
modo identificaba para hacerlos reconocibles. Bajo el título de “Las machonas
de Montevideo”, Justicia publicó una serie de artículos que aludían a
personas y situaciones de la sociedad.
Su idea era que la clase dirigente
estaba podrida por acción u omisión y que la única solución “moralizadora” era
barrer con esas estructuras y entronizar la dictadura del proletariado que al
obligar a estos corruptos “a ganarse el pan con el trabajo digno, les
hiciera conocer las dulzuras y el encanto de la labor honrada que purifica y
redime aún a los malos...” .[2]
Mientras, desde el poder, aprovechando el beneficio económico fruto
de la guerra, se intenta construir un país creíble. En tanto Mibelli se empeña
en su campaña, se inaugura el Monumento a Artigas en la Plaza Independencia; el
presidente Brum y el entrante, Serrato desvelan la escultura mientras don Juan Zorrilla de
San Martín hace oir su encendida palabra. El Palacio Legislativo continúa su
proceso constructivo. Los cartelistas italianos de la talla de Metlicovitz y
Dudovich diseñan los afiches para las fiestas de carnaval en el Solis. La
Troupe Jurídico Ateniense conquista Buenos Aires y los estudiantes se
van a celebrar el éxito al Cabaret Pigalle, donde Mattos Rodríguez toca
por primera vez La cumparsita ante el público porteño...
Una muñequita exquisita
“Una dama que danza en el salón,
contempla a su “querido” bailando con una chica hermosa, hija de un alto
funcionario de empresas tranviarias. La dama se detiene un instante y los mira
indignada. En sus ojos fulgurantes, abismáticos, brilla una llama siniestra,
presagio de tormentas interiores. Los muchachos bailan
ajenos a todos. Son novios. Él, conquistador de leyenda a pesar de sus pocos
años, ha deslumbrado a la chica con su frac impecable y el brillo de su liso
peinado. Ella, muñequita exquisita, es un bocado nuevo y fragante para el joven
catador de presas suculentas. Pero para eso, debe irse al matrimonio. Y él
pasará por sus horcas caudinas. El padre de la chica goza de
excelente posición y su fama de perro perseguidor de obreros vencedor de
huelgas, le ha dado preeminencia en la fuerte empresa que dirige y le ha
labrado una fortuna. El muchacho obtiene así –con algo que puede ser amor o al
menos lo parece- la chica y la fortuna del papá. Los amores no han sido
contrariados porque el novio ostenta un apellido V.S., de gran figuración. Sus
padres, sus hermanos, toda su parentela, siempre han mantenido pendientes a los
cronistas sociales de todos sus pequeños movimientos.
Es familia de alcurnia, de esas cuyos constipados y empachos, ocupan a un mar
de gente y son minuciosamente detallados en la crónica social de los grandes
rotativos. La cosa marcha, pues, sobre rieles aceitados. Siendo “de tan buena
familia el muchacho”, nada importa que sea un poco libertino y un tanto
canallín y... terror de maridos y pescador de dotes. Las puertas de oro de la
felicidad han sido abiertas por la leyenda honrosa que gasta la familia. Y él
penetra por ellas, con su fría sonrisa de imbécil. Pero allí está la
“huéspeda”. Es la dama de los ojos de fuego. Se ha prendido en sus redes y no
soltará la presa.El muchacho continúa danzando ensimismado, cuando de pronto en
unos giros caprichosos del “shimmy”, que ejecuta con cuidada y escrupulosa
precisión, se enfrenta con la dama. Ella está allí, como una conciencia.
Autoritaria y exigente. La verdad es que tiene otros “caprichos” y que no es
aquél su único amor. Pero no quiere, no debe, dejarse vencer por la muñequita
tonta, por la casadera rica y almibarada. Su orgullo de mujer de mundo le
impele a la acción, voluntariosa, le manda ser fuerte. En un arranque que no es
de amor ni tiene nada de pasional, pues su psiquis es frívola y el cambiar
incesante de amantes le ha traído poco a poco, el asco por los hombres, la
viciosa dama se detiene en el medio del salón. Su gesto es severo, su ademán es
noble. Solo su mirada es fría. Se adelanta, se acerca a la pareja y junto a ellos, sentencia, dirigiéndose a su amante:
-Si te casas
con esa, te pego un balazo.
La cosa se extiende y llega a oídos del padre de la novia. El hombre, duro de
carácter y fuerte por lo tanto en los procederes, llama a su escritorio al novio.
Le increpa su conducta y le prohíbe toda relación con la dama casada y
opulenta. El avispado prometido, finge arrepentimiento y promete enmienda. Así
pasa un tiempo hasta que un día, el padre se entera de que nuevamente los
ocultos amores han vuelto a tentar a su futuro yerno. Entonces, viene el
rompimiento definitivo.[3]
Al día siguiente, Justicia agrega,
para mejor proveer, que la fiesta sucedió en Carrasco durante uno de los
últimos bailes de carnaval.
La indignación pública
ante la campaña de Justicia se hizo sentir de inmediato. Todas las
baterías apuntaron contra el órgano comunista cargadas con adjetivos
descalificadores. En el Parlamento, el senador Gallinal expresa que:
“Montevideo se ve inundado por un
novelón inmundo (...)
que se pregona por las plazas (...) se ofrece a cuanto peatón anda
por nuestras calles (...) Ayer he visto ofrecer esa novela inmunda a dos
niñas de 18 a 17 años, no más”.
Citando una nota del
diario La Mañana firmada con el seudónimo de Martín Fores[4], el
legislador blanco concuerda en que el éxito de la obra:
“...es a base de
pornografía vil. Explota las bajas pasiones de cierta sociedad degenerada y sin
dignidad humana”.[5]
“Sachez seulement que nous avons été sous la menace d'un
esclandre terrible, coups de revolver, etc...”
Tiros en el Parlamento
El
Palacio Legislativo todavía estaba a dos largos años de ser inaugurado, de modo
que el Parlamento funcionaba en el Cabildo.
En la tarde del 15 de marzo de 1923
se produce un tiroteo en el Cabildo. Uno
de los contendores, es el diputado Mibelli. El otro es el gerente de la
empresa tranviaria “La Comercial”, don Juan Cat.
Según el parte policial:
“....siendo aproximadamente la dieciséis y quince (...) en circunstancias que (...) Mibelli entraba por la
última puerta del Edificio de la Honorable Cámara de Representantes (...)
la que está más próxima a la calle
Rincón, el señor Juan Cat -que se encontraba
en la acera,- penetró al edificio por la puerta central encontrándose ambos en
el centro del vestíbulo. Entonces el segundo preguntó al primero si era el
diputado Mibelli, y al obtener respuesta afirmativa le exigió una explicación (...)
ante lo cual, según Cat, Mibelli hizo además de sacar un arma, por cuyo
motivo también hizo lo mismo. De inmediato se cambiaron varios tiros...”.
Mibelli, por su
parte coincide con la versión que da Cat de los hechos salvo en lo que tiene
que ver con:
“...la agresión, que dice haberla consumado Cat antes de que él
pudiera darse cuanta de lo que deseaba al hablarle”.[7]
Como fuere, los dos sufrieron
heridas. Mibelli fue trasladado al Hospital Maciel y Cat al sanatorio de los
Dres. Lamas y Mondino. Ambos fueron arrestados. La inmunidad parlamentaria de
Mibelli cedía ante un caso de infraganti delito. Y Cat carecía de ese
privilegio.
Proporciones y razones
Al día siguiente la Comisión de
Legislación se disponía a realizar un informe verbal sobre el “asunto
relacionado con el señor diputado Minellii. Se había designado una comisión
especial con carácter de grave y urgente integrada por los doctores: Arena,
Polleri, Schinca, Vázquez, Ramírez y Aguirre.
Tocó al Dr.
Domingo Arena la tarea de miembro informante por la mayoría:
“La Comisión, señor Presidente, formada creo que por siete miembros,
al estudiar este asunto con la rapidez que el caso requería (de dividió en dos
partes apenas desiguales, cuatro y tres. Me dicen aquí que eran cuatro y dos,
porque no éramos más que seis. Pero el error de número en este caso no hace
cuestión. Nos dividimos en dos partes casi iguales.[8] La mayoría opina que el
diputado Mibelli debe ser puesto inmediatamente en libertad y la minoría
sostiene la tesis contraria”.
Las razones se encontraban en el Artículo 46 y siguientes de la
Constitución[9] (texto de 1918). Se trataba
de una cuestión de fueros y se debatía sobre si Mibelli había sido bien
aprehendido (en lo que todos coincidían) y si debía ser liberado o mantenido en
la cárcel, sobre lo que había distintas opiniones. El abanico era por cierto
bastante amplio, desde los que entendían que debía ser liberado de inmediato
hasta los que sostenían debía ser privado de sus fueros y sometido a la
justicia. Entre estos últimos se destacaba el diputado Eduardo Rodríguez
Larreta:
“¿Acaso pueden
creer los señores diputados que arbitrariamente, por sí, por un
capricho, un padre de familia, puede llegar a esgrimir un revólver (...)
que un hombre que es afectado en lo más hondo de su honor, en el honor de sus
hijas (...) lo hace por un capricho arbitrario, o procede por altos
móviles? La Comisión (...) se lava las manos como Pilatos, (...)
no tiene el valor de ir al fondo del asunto.(...)Es evidente que el
diputado Mibelli ha sido el provocador de la escena. Nadie podrá negar que el
señor Cat no hubiera llegado al atrio del cabildo con una revólver en la mano
si no lo hubiera precedido la campaña sistemática de diario que dirige el señor
Mibelli. (...) De manera que no está limpio de pecado”.[10]
Voces airadas piden el desfuero de Mibellisu desafuero y abogan por
la causa de Cat.
Justicia burguesa
El Juez Nicanor del Castillo emite el fallo judicial:
“Resultando,... que el periódico Justicia se ha venido sindicando de
un tiempo a esta parte, por una persistente propaganda, en la que se ponen de
relieve vicios que atribuye a parte de nuestra sociedad.
Que esta propaganda (...) rebasó los límites de lo tolerable, al poner en la picota
del escándalo, a determinada joven, ofendiendo profundamente a un hogar
respetable, y con ello, a todo el pueblo honesto sin distinción de clase
alguna.
Resultando: (...) que por tanto, debe tenérsela en cuenta a efecto de poder
apreciar la responsabilidad del procesado Juan Cat, quien, por ser padre de la
joven aludida, se consideró profundamente agraviado, a causa de aquella
propaganda, Resultando: Que el prevenido, en tal estado de espíritu, armado de
un revólver, salió a la calle en busca de su presunto agraviante, se encontró
con él, éste se hallaba igualmente armado y luego, tras un cambio de palabras,
ambos dispararon sus respectivas armas, quedando los dos heridos (...) surgen
las hipótesis siguientes:
Primera: El
procesado pudo haber procedido en uso de legítima defensa.
La intención que llevó
a Cat, a entrevistarse con su adversario, no puede precisarse en su misteriosa
elaboración, como una idea persistente de quitarle la vida; y siendo así, hay
que desechar las hipótesis de la tentativa o del delito de homicidio frustrado,
por falta...de...una decidida voluntad de matar.
Es cierto que el sentimiento de honor del ofendido, la
profundidad del agravio; la voz pública, señalando al presunto agraviante,
como adversario al duelo y partidario más bien de los encuentros de improviso,
hacen suponer, que el procesado llevara la intención de matar, cuando se acercó
al adversario; pero esa intención en un espíritu agitado por causas
fundamentales, que le impiden controlar las pasiones, puede haber variado, en
más de un momento, ese hombre, que es un padre de familia; un esposo; que
comprende el alcance de las responsabilidades legales; ha pensado tal vez, que
no debía llevar el dolo a su familia; y que una explicación de su presunto
agraviante, habría bastado para reparar la ofensa.
Esa explicación, pudo haber
tenido lugar si factores extraños a la voluntad de los contendores, no hubieran
intervenido.
Mibelli, al enfrentarse con Cat, ha de haberle notado la faz
demudada y agitado el porte, y sabiéndolo un enemigo y enemigo fuerte, ha tenido
natural instinto de conservación, que ponerse en actitud de defensa, e impedir
así, involuntariamente quizá, que se produjeron las explicaciones aludidas. En
la rapidez con que se desarrollan de ordinario estas escenas, Cat, creyendo que
la actitud de Mibelli fuera de ataque, lo que no es de extrañar; pues siempre
el que se defiende, ofrece una apariencia agresiva; ha pensado, que su vida se
hallaba en peligro; y de ahí su reacción también, de defensa...
Se resuelve, decretar la excarcelación de Juan Cat, bajo fianza...".[11]
Por cierto, el fallo fue interpretado
por Mibelli como un producto natural de la “justicia burguesa”, el diputado
comunista no esperaba otra cosa del sistema capitalista.
Con una mirada actual, el fallo
podría prefigurar literariamente un “cadáver exquisito” o algún otro juego
“surrealista” de los que empezaban a gestar las vanguardias en la época.
“El honor ha formado siempre mi carácter, él reglará mis pasos”
Artigas
a Sarratea, 11 de Febrero de 1813
En su interesante trabajo citado, el
historiador canadiense David S. Parker, encuentra una explicación, ya que no
justificación, frente a la actitud general sobre el caso. El fallo judicial
toma en cuenta como elementos sustanciales, (además, de una versión edulcorada
del hecho en sí), que se configura un caso de legítima defensa, que se ha
ofendido al pueblo entero y que el ofensor es “adversario del duelo”, es decir,
que no hay forma de restaurar el honor vulnerado mediante un “lance
“caballeresco”.
El honor es uno de los derechos
naturales del ser humano. La Constitución de la República que lo recoge
invariablemente desde su primera versión establece el derecho a su protección
por parte del Estado, precisamente, por ser inherente a la personalidad humana.
“Duelo:
3. m. desus. Pundonor o empeño
de honor”
Diccionario de la Real Academia Española.
En
todas las culturas está presente ese sentido del honor y su defensa, como hace
notar Chauchadis:
“...la lid era una forma de justicia particularmente apreciada de
los antiguos hidalgos españoles: "la razón, porque fue fallada la lid es
ésta: que tuvieron los fijosdalgo de España, que mejor les era defender su
derecho por armas, que meterlo a peligro de pesquisa, o de falsos
testigos".[12]
El tema empezó a
complicarse con el Concilio de Trento (1545 -1563) que establece que el hombre que mata a otro en
un duelo es un asesino. El que muere lo hace con el estigma de que su intención
última también fue un asesinato. Todos los que participen, aunque sea como
espectadores, quedan excomulgados. Las autoridades que prestaran el sitio para
el duelo, además, serían privadas de sus feudos. La dureza de la sanción no
logró erradicar esa porción del ADN donde se registra que el honor, en última
instancia, se salva con la muerte. Los
duelos se siguieron efectuando en la clandestinidad. O la venganza se cobró por
otros medios. Comentando estas circunstancias, Chauchadis, apunta que en 1636:
“...don Juan de Bilbao, habiendo
tenido ciertas palabras con un soldado le dio al soldado un bofetón, el cual
queriéndose vengar de la afrenta recibida le tiró de ahi a tres días un
pistoletazo, al bajar de las gradas de S. Felipe...”.
Y apunta que el drama se ajusta al esquema de las leyes del
duelo:
“de las injurias de palabra al bofetón y del
bofetón a la muerte”.
Claro que en este caso no se trata de un duelo,
porque Bilbao fue herido por sorpresa, pero tal vez ese fuera el inconveniente
de la prohibición del Concilio. Los duelos se siguieron efectuando en la
clandestinidad hasta en pleno siglo XX.
Sin embargo, en el Uruguay del affair
Mibelli, regía la Ley 7253 que reglamentaba los duelos. ¿Por qué entonces no
recurrió Cat a ese camino que se ajustaba doblemente a la ética y a la legislación?
Y aquí aparece el otro elemento que informa el fallo judicial: Mibelli es
“adversario del duelo”. Esto es, no está de acuerdo con el procedimiento.
Mibelli no era ningún cobarde, pero sus códigos no eran los mismos que regían
la sociedad en que le tocó vivir. Compartía los criterios de los socialistas
que veían el duelo como una: “fórmula retrógrada de la justicia antigua”.
El antecedente hay que buscarlo
en el reto a duelo del diputado Pelayo, al diputado Frugoni. El 18 de enero de 1913 el Comité Ejecutivo del Partido Socialista
declaró:
"A raíz de un incidente parlamentario entre los diputados
Frugoni y Pelayo, el primero de ellos declarándose enemigo del duelo aceptó esa
forma de solucionar la cuestión. El Comité Ejecutivo del Partido Socialista se
considera en el deber de hacer público el desagrado que le inspiró la actitud
de su representante en el Parlamento al aceptar el duelo a que se creyó en el
caso de ir otro diputado. El Comité Ejecutivo no puede silenciar esa actitud
que importa legitimar un delito, sin contar con que, aceptado el duelo, la
verdad y la justicia no serán ya patrimonio exclusivo de las energías del
espíritu, sino que dependerán del azar de un lance absurdo y bárbaro. Por ello
el Comité Ejecutivo ha creído conveniente renovar su formal condenación de ese
anacronismo, humillante para la conciencia humana y abiertamente contrario a la
doctrina socialista, con el propósito de recordar a todos los que en ella se
inspiran, el deber de no apartarse de ella, repudiando definitivamente el
duelo, fórmula retrógrada de la justicia antigua". [13]
¿Qué camino le quedaba a Cat vedado
el judicial por los fueros parlamentarios de Mibelli, y su posición frente al
duelo? Esto no lo justifica, solamente explica, su conducta y la de los demás
actores.
Justicia comunista
Afortunadamente Mibelli se
restableció con prontitud de sus heridas, desistió de la campaña de las
Machonas, y no prosperó la propuesta de desafuero en su contra. Tres años
después, serán sus propios camaradas los que lo expulsarán de su banca y del Partido
Comunista. Como reseña López d'Alesandro, el drama se dio en varios actos:
“En marzo de 1926 la Cámara de Diputados planteó
un homenaje a Franco, que había logrado la proeza de cruzar el Atlántico en el
Plus Ultra. Mibelli apoyó el homenaje, en tanto que los representantes
comunistas en la Asamblea Departamental de Montevideo lo rechazaron. (...) volvió a chocar con el partido debido
a su apoyo al proyecto que reglaba las jubilaciones de los diputados. Mibelli
sostuvo que el proyecto era injusto, pues dejaba fuera a los representantes que
no habían sido reelectos en las elecciones de 1924. El Comité Central
del PCU condenó la actitud de Mibelli (...) una clara desviación de los
principios comunistas, con el agravante de que la cuestión no daba lugar a
dudas sobre cuál debió haber sido la actitud de un militante
revolucionario. El cerco se
cerraba en torno a Don Celestino. Los espantos finales del partido contra su
diputado hereje fueron un editorial de Justicia donde Mibelli sostenía que el
problema del analfabetismo podía ser resuelto gracias a la legislación dentro
del capitalismo -'lo que solo puede ocurrírsele a un reformista inveterado o a
un socialtraidor'- y un reportaje realizado por el diario Crítica de Buenos Aires,
donde supuestamente había sostenido que en caso de nueva guerra civil, los
comunistas se retirarían de la lucha social 'hasta que se restableciera el
régimen constitucional'. Las presiones sobre Mibelli debieron ser muy grandes,
pues presentó renuncia a su puesto en el Comité Central el 22 de marzo de 1926,
pero la dirección partidaria la rechazó.
Sin embargo, el diputado rebelde siguió ignorando a las autoridades
comunistas y no se reintegró a su puesto (...)
El proceso contra Mibelli fue uno de los
momentos culminantes del disciplinamiento estalinista del PCU. "El
Partido" como un cuerpo orgánico, aplicaba una dura sanción a su principal
representante público, en una atmósfera de absoluta sacralidad.
El organismo que sentenció a Mibelli (contó) con amplia participación de todos los
órganos partidarios, presidido por el secretario del Buró Sudamericano de la
IC, el argentino Rodolfo Ghioldi y con la presencia fiscalizadora del
responsable de la COMINTERN en América Latina, el camarada Henry Raymond (...)
'el Partido está dispuesto a hacer respetar su línea política y a hacer acatar
su disciplina por todos los afiliados ocupen el puesto que ocupen'. Tanto el
discurso de Gómez, como los de Ghioldi y Raymond y el telegrama de saludo del
Partido Comunista Argentino, se preocuparon en destacar la reunión del Ampliado
como un eslabón de la bochevización del PCU, más que como una instancia
disciplinaria.
Los comunistas uruguayos mostraron de esta
manera su obediencia y cómo habían aprendido la lección bolchevique,
sacrificando a su realengo diputado”.[14]
Mibelli, retirado de la política partidaria por orden de
Moscú, se dedicó a su otra pasión que era el fútbol. Ya ejercía desde años
atrás, funciones en la AUF y en la Confederación Sudamericana de Fútbol.
Son raros los motivos por los que alguien permanece en la
memoria de los pueblos. Probablemente don Celestino no sea recordado por su
polémica con Batlle y Ordóñez, ni sus polémicos artículos en Justicia, ni
por haber asistido vestido de overol a la inauguración del Palacio Legislativo,
ni por sus opiniones sobre el duelo, o por admirar la hazaña del Plus Ultra
que ya se ocupó de inmortalizar Gardel[15].
Pero sin duda es nombrado y renombrado por la respuesta que le dio siendo
Gerente General de la AUF en 1938 al presidente del Club Atlético Peñarol, Dr. Alberto Mantrana, que le pide la lista de los
campeones uruguayos reconocidos por la AUF desde 1900. En la nómina no aparece
el CURCC: siempre es Peñarol.
En
cuanto a Margueritte, tampoco fue bien visto después de su Garçonne. Para
demostrárselo, las autoridades le retiraron la Legión de Honor. Es cierto que
hizo mucho dinero con su obra, pero para el autor que murió en 1942, fue un
durísimo golpe. Si bien no se le restituyó la condecoración post mortem,
pese al cambio de los tiempos, de todos modos no hubiera podido quejarse: por
lo menos no le pegaron un tiro.
[1]“Pero
hija mía, hay casos en que la mentira misma puede transformarse en un deber.
(...) ¡No y no! El deber, mamá, es decir la verdad (...) me acosté,
me escuchas, me acosté con un desconocido (...) Guarda para ti el
secreto de esta escapada. Cuando te decía que hay casos en que la mentira es un
deber, no pensé que me ibas a dar la
razón tan completamente, y tan pronto”. La garçonne. La Bibliothèque électronique du Québec Collection À
tous les vents Volume 1297 : version 1.0 . P. 151
[2]Folleto Las “MACHONAS” de Montevideo Relatos verídicos de la valiente campaña del diario
“Justicia”.
[3]Justicia Folleto
[4]Seudónimo
de Otto Miguel Cione. Scarone, Arturo. Diccionario de Seudónimos del
Uruguay. Claudio García & Cía Editores. Montevideo. 1942. P .359
[6] Margueritte, Victor. La garçonne.
La Bibliothèque électronique du Québec Collection À tous les vents Volume 1297
: version 1.0 .P.169.
[7]Diario
de Sesiones de la Camara de Representantes. T. 305. Pp. 356-357.
[8]66% la mayoría y 34% la minoría no parece casi igual.
[9]El
texto vigente de la Constitucion uruguaya establece los mismos principios en
otra ubicación: Artículo 112.- Los Senadores y los
Representantes jamás serán responsables por los votos y opiniones que emitan
durante el desempeño de sus funciones.
Artículo
113.- Ningún Senador o Representante, desde el día de su elección hasta el de
su cese, puede ser arrestado, salvo en el caso de delito infraganti y entonces
se dará cuenta inmediata a la Cámara respectiva, con la información sumaria del
hecho.
Artículo
114.- Ningún Senador o Representante, desde el día de su elección hasta el de
su cese, podrá ser acusado criminalmente, ni aun por delitos comunes que no
sean de los detallados en el artículo 93, sino ante su respectiva Cámara,
la cual, por dos tercios de votos del total de sus componentes, resolverá si
hay lugar a la formación de causa, y, en caso afirmativo, lo declarará
suspendido en sus funciones y quedará a disposición del Tribunal competente.
Artículo
115.- Cada Cámara puede corregir a cualquiera de sus miembros por desorden de
conducta en el desempeño de sus funciones y hasta suspenderlo en el ejercicio
de las mismas, por dos tercios de votos del total de sus componentes.
Por igual número de votos podrá
removerlo por imposibilidad física o incapacidad mental superviniente a su
incorporación, o por actos de conducta que le hicieran indigno de su cargo,
después de su proclamación.
Bastará la mayoría de votos de
presentes para admitir las renuncias voluntarias.
[11] Parker,
David S. Honor Ideology, Dueling Culture, and Judicial Lies in 1920s
Uruguay. PRINTED FROM the OXFORD RESEARCH ENCYCLOPEDIA, LATIN AMERICAN HISTORY
(latinamericanhistory.oxfordre.com). (c) Oxford University Press USA, 2016.
[12]
Chauchadis, Claude. Libro y leyes del duelo en el Siglo de Oro. Criticón,
39, 1987 Centro Virtual Cervantes.
[13]Frugoni,
Emilio. Selección de Discursos 1913-1914. T. III. Cámara de
Representantes. Prisma Ltda. Montevideo.1988. Nota al pie de la página 40 .
[14]López
D'Alesandro, Fernando. “Los orígenes de la cultura estalinista en el
comunismo uruguayo” en Yaffé, Jaime. Dossier ‘Cinco estudios recientes
sobre el comunismo uruguayo”.
[15]La
Gloria del Aguila. Letra de Enrique Nieto de Molina y música de
Martín Montserrat Guillemet. Tango que canta la hazaña de un hidroavión militar
español que fue el primero en volar desde España a América. El comandante Ramón
Franco era hermano de Francisco Franco, que fuera “Caudillo de España por la
Gracia de Dios”.

